sábado, 24 de noviembre de 2018

TEMA 3: EL CURRÍCULO DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y LA PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA


La LOMCE define el currículo como la regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para cada una de las enseñanzas
Según Sacristán el currículo proporciona un orden a través de la regulación del contenido del aprendizaje y de la enseñanza en la escolarización.
El proceso de enseñanza y aprendizaje se define como el movimiento de la actividad cognoscitiva de los alumnos bajo la mediación del maestro, hacia el dominio de los conocimientos, las habilidades, los hábitos y la formación de una concepción científica del mundo (Ortiz,2009). El proceso de enseñanza y aprendizaje implica discusión, interacción, adaptación y reflexión.
¿Para qué sirve la programación didáctica?
La programación didáctica es un documento guía en el que se diseña el proceso de enseñanza y aprendizaje incluyendo todos los procesos del currículo garantizando la calidad educativa. 

FASES DEL PROCESO DE ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE
El proceso de enseñanza y aprendizaje debe llevarse a cabo de una manera sistemática, es decir, un proceso organizado, pero esto no quiere decir que sea un proceso rígido.
Este proceso parte de la evaluación, hay que evaluar los procesos de enseñanza y aprendizaje de los alumnos para pasar a la fase de planificación que tiene que ver con establecer los objetivos, seleccionando estrategias, priorizando los contenidos, áreas de aprendizaje, elegir contenidos, acabo con la fase de la implementación del proceso, esta implementación se lleva a cabo a través de las orientaciones metodológicas que da el currículo y considerar el contexto (medio ambiente).
Es un proceso cíclico porque una vez que hemos implementado debemos llegar otra vez a la fase de evaluar para determinar los resultados de aprendizaje.

PREÁMBULO (2013)
El preámbulo plantea diferentes alcanzas que se esperan que se cumplan:

  • El aprendizaje en la escuela debe ir dirigido a formar personas autónomas, críticas, con pensamiento propio. Es decir, el sistema de enseñanza debe de ser flexible permitido la participación de los alumnos para que expresen su punto de vista, más práctico para que alcancen autonomía. Un enfoque memorístico y tradicional no va con la reforma.
  • Compromiso con una educación de calidad como soporte de la igualdad y la justicia social. La ley orgánica nos dice que todos los alumnos deben de tener igualdad de oportunidades.
  • El alumnado es el centro y la razón de ser de la educación, objeto de una atención, en la búsqueda de desarrollo del talento para una sociedad sostenible, es decir, el alumno es el corazón de la escuela y debemos desarrollar al máximo sus potencialidades. Por lo que debemos de orientar la escuela con una orientación de valores, una escuela de innovación que genere creatividad, cambio social. 
  • En la esfera individual, la educación supone facilitar el desarrollo personal y la integración social. Debemos desarrollar competencias para que los alumnos sean activos en la sociedad.
  • Los estudiantes con problemas de rendimiento deben contar con programas específicos que mejoren sus posibilidades de continuar en el sistema.
  • Equidad y calidad

La ley orgánica plantea a la educación como una tarea de compromiso político y social con una responsabilidad colectiva.

Aprendizaje a lo largo de la vida: Educación integral, Competencias transversales y cambio metodológicos
Elevar los niveles de educación actuales es una decisión esencial como medida política europea. Reducir niveles de abandono y fracaso escolar
Elevar los niveles de educación actuales es una decisión esencial para favorecer la convivencia pacífica y el desarrollo cultural de la sociedad
Este preámbulo propone para alcanzar todos estos objetivos:
  • El aumento de la autonomía de los centros reforzar la capacidad de gestión.
  • Plantea una serie de estrategias las cuales son las evaluaciones externas de fin de etapa
Hace especial incidencia con vistas a la transformación del sistema educativo: las Tecnologías de la Información y la Comunicación, el fomento del plurilingüismo, y la modernización de la Formación Profesional. De esta manera se da la educación para la Ciudadanía Democrática.

Decreto 54/2014, de 10/07/2014, por el que se establece el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. [2014/9028]
La Constitución española, en su artículo 27.4, establece que la educación básica es obligatoria y gratuita, es decir, hace referencia a educación en igualdad de condiciones.
Artículo 3.3 establece que la Educación Primaria forma parte de la educación básica.
16.2, denomina que la finalidad de esta etapa es facilitar a los alumnos y alumnas los aprendizajes de la expresión y comprensión oral, la lectura, la escritura, el cálculo, la adquisición de nociones básicas de la cultura y el hábito de convivencia, así como los de estudio y trabajo, el sentido artístico, la creatividad y la afectividad…prosecución E.S.O
El currículo va a ser desarrollado desde un enfoque competencial y de logro de objetivos al final de cada etapa.
Hay tres bloques de asignaturas: troncales, específicas y de libre configuración autonómica
Valores y principios: la libertad, la igualdad, el respeto, la responsabilidad y la corresponsabilidad en las relaciones entre todas las personas.
Entre los principios del sistema educativo español, destaca el reconocimiento del papel que corresponde a los padres, madres y tutores legales como primeros responsables de la educación de sus hijos.
La educación básica que conforman ambas etapas, se entiende como aquella que deben poseer todos los ciudadanos para ejercer de manera crítica, libre y responsable su propia ciudadanía.

ARTÍCULO 1. OBJETO Y ÁMBITO DE PLANIFICACIÓN
1. El presente decreto tiene por objeto establecer el currículo de la Educación Primaria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6.bis.2.c de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificado por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, y el artículo 3.1.b del Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria.
2. Este decreto será de aplicación en todos los centros docentes que estén autorizados para impartir las enseñanzas de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

ARTÍCULO 2. PRINCIPIOS GENERALES
1. La finalidad de la Educación Primaria es facilitar a los alumnos y alumnas los aprendizajes de la expresión y comprensión oral, la lectura, la escritura, el cálculo, la adquisición de nociones básicas de la cultura y el hábito de convivencia, así como los de estudio y trabajo, el sentido artístico, la creatividad y la afectividad, con el fin de garantizar una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de la personalidad de los alumnos y alumnas y de prepararlos para cursar con aprovechamiento la Educación Secundaria Obligatoria.
2. Los centros docentes se regirán en su organización y en el desarrollo del currículo, por los principios de equidad, inclusión educativa, normalización y calidad de la enseñanza para todo su alumnado.
3. La enseñanza en la etapa de Educación Primaria se basará en el enfoque del aprendizaje por competencias, como complemento al tradicional aprendizaje de contenidos.
4. La programación y la práctica de la enseñanza en la Educación Primaria garantizarán el carácter global e integrador de las áreas de conocimiento.
5. En esta etapa, se pondrá especial énfasis en la atención a la diversidad del alumnado, en la atención individualizada, en la prevención de las dificultades de aprendizaje y en la puesta en práctica de los mecanismos de refuerzo adecuados.
6. La acción educativa en esta etapa procurará la integración de las distintas experiencias y aprendizajes del alumnado desde el punto de vista competencial. Se adaptará a sus ritmos de trabajo, estilos de aprendizaje y necesidades específicas, con base en los principios de la educación personalizada y la acción tutorial.
7. La práctica docente se basará en el principio de coordinación entre el profesorado que imparte estas enseñanzas en el centro, con el profesorado de las etapas de Educación Infantil y de Educación Secundaria Obligatoria, con el fin de salvar las diferencias pedagógicas y organizativas y los desajustes que se puedan producir en el progreso educativo o académico del alumnado.
8. En el desarrollo del currículo, los centros docentes realizarán un tratamiento transversal o específico de los siguientes elementos: comprensión lectora y hábito de lectura, expresión oral y escrita, comunicación audiovisual, tecnologías de la información y la comunicación (en adelante, TIC), emprendimiento, actividad física, educación vial, educación cívica y constitucional, y valores relativos a la libertad, justicia, paz e igualdad.
9. Se adoptarán medidas para que la actividad física y la dieta equilibrada formen parte del comportamiento infantil, promoviendo la práctica diaria de deporte y ejercicio físico por parte de los alumnos y alumnas durante la jornada escolar.

ARTÍCULO 3. DEFINICIONES Y COMPETENCIAS
Currículo: regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para cada una de las enseñanzas y etapas educativas. Los elementos curriculares son:
- Objetivos: referentes relativos a los logros que el alumno debe alcanzar al finalizar el proceso educativo, con resultado de las experiencias de enseñanza-aprendizaje intencionalmente planificadas a tal fin.
-Competencias o capacidades: capacidades para aplicar de forma integrada los contenidos propios de cada enseñanza y etapa educativa, con el fin de lograr la realización adecuada de actividades y la resolución eficaz de problemas complejos. Esta competencia se adquiere a lo largo de la vida.
-Los contenidos: conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que contribuyen al logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa educativa y a la adquisición de competencias. Los contenidos se ordenan en asignaturas, que se clasifican en materias, ámbitos, áreas y módulos en función de las enseñanzas, las etapas educativas o los programas en que participe el alumnado.
-Metodología didáctica: conjunto de estrategias, procedimientos y acciones organizadas y planificadas por el profesorado, de manera consciente y reflexiva, con la finalidad de posibilitar el aprendizaje del alumnado y el logro de los objetivos planteados.
-Los estándares y resultados de aprendizaje evaluables: especificaciones de los criterios de evaluación que permiten definir los resultados de aprendizaje, y que concretan lo que el alumno debe saber, comprender y saber hacer en cada asignatura; deben ser observables, medibles y evaluables y permitir graduar el rendimiento o logro alcanzado. Su diseño debe contribuir y facilitar el diseño de pruebas estandarizadas y comparables
-Los criterios de evaluación: son el referente específico para evaluar el aprendizaje del alumnado. Describen aquello que se quiere valorar y que el alumnado debe lograr, tanto en conocimientos como en competencias; responden a lo que se pretende conseguir en cada asignatura. Los elementos curriculares son aquellos a través de los cuales vamos a llevar a cabo la acción educativa. 

COMPETENCIAS
Las competencias se adquieren a lo largo de la vida. Las competencias son únicas, no se clasifican por etapas.
Las competencias del currículum son las siguiente:
  • Comunicación lingüística.
  • Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.
  • Competencia digital.
  • Aprender a aprender.
  • Competencias sociales y cívicas.
  • Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor.
  • Conciencia y expresiones culturales.
Las competencias transversales son aquellas que forman parte del proceso de enseñanza y aprendizaje. Las competencias trasversales son: el pensamiento crítico, la gestión de la diversidad, la creatividad o la capacidad de comunicar, y actitudes clave como la confianza individual, el entusiasmo, la constancia y la aceptación del cambio.
- Competencia en comunicación lingüística: Esta competencia se refiere a la utilización del lenguaje como instrumento de comunicación oral y escrita, de representación, interpretación y comprensión de la realidad, de construcción y comunicación del conocimiento y de organización y autorregulación del pensamiento (cuando yo comunico estoy comunicando emociones, el lenguaje y pensamiento son dos sucesos interdependientes), las emociones y la conducta.
- Competencia matemática: La habilidad para utilizar y relacionar los números, sus operaciones básicas, los símbolos y las formas de expresión y razonamiento matemático, tanto para producir e interpretar distintos tipos de información, como para ampliar el conocimiento sobre la realidad, y resolver problemas relacionados con la vida cotidiana y con el mundo laboral.
- Competencia en el conocimiento y la interacción con el mundo físico: Incorpora habilidades para desenvolverse adecuadamente, con autonomía e iniciativa personal en ámbitos de la vida y del conocimiento muy diversos (salud, actividad productiva, consumo, ciencia, procesos tecnológicos, etc.), y para interpretar el mundo.
- Tratamiento de la información y competencia digital: Tratamiento o análisis de la información, utilizando técnicas y estrategias diversas para acceder a ella según la fuente a la que se acuda y el soporte que se utilice (oral, impreso, audiovisual, digital, robótica o multimedia). Requiere el dominio de lenguajes específicos básicos (textual, numérico, cónico, visual, gráfico y sonoro) y de sus pautas de decodificación y transferencia. Va más allá de la tecnología. Es una guía para que podamos acceder con habilidad al conocimiento.
- Competencia social y ciudadana: Globalmente supone desenvolverse socialmente, el conocimiento sobre la evolución y organización de las sociedades y sobre los rasgos y valores del sistema democrático, así como utilizar el juicio moral para elegir y tomar decisiones, y ejercer activa y responsablemente los derechos y deberes de la ciudadanía.
- Competencia cultural y artística: Apreciar el hecho cultural en general, y el hecho artístico en particular, lleva implícito disponer de aquellas habilidades y actitudes que permiten acceder a sus distintas manifestaciones, así como habilidades de pensamiento, perceptivas y comunicativas, sensibilidad y sentido estético para poder comprenderlas, valorarlas, emocionarse y disfrutarlas.
- Competencia para aprender a aprender: Supone disponer de habilidades para iniciarse en el aprendizaje y ser capaz de continuar aprendiendo de manera cada vez más eficaz y autónoma de acuerdo a los propios objetivos y necesidades. Hay que enseñar a los niños a ser autónomos, es importante enseñar a los niños desde 1 grado a que sepan cómo aprender y que sepan explicarlo.

PROCEDIMIENTO PARA ESTABLECER LA INTEGRACIÓN CURRICULAR DE LAS COMPETENCIAS CLAVES. Doc. CLM ((Federico Ferrer Monedero 2014)
Las competencias clave deberán estar estrechamente vinculadas a los objetivos de las distintas etapas educativas (Primaria, ESO, Bachiller)
Con esta vinculación:
- Favorecemos que la consecución de dichos objetivos a lo largo de la vida académica lleva implícito el desarrollo de las competencias claves.
- Hacemos necesario el diseñar estrategias para promover y evaluar las competencias. Desde las etapas educativas iniciales hasta las etapas superiores, que llevará a los alumnos y alumnas a desarrollar actitudes y valores, así como un conocimiento de base conceptual y un uso de técnicas y estrategias que favorecerán su incorporación a la vida adulta.
-Se promueve el diseño de actividades de aprendizaje integradas que permite avanzar hacia los resultados de más de una competencia al mismo tiempo.

3. COMPETECIAS CLAVE EN EL CURRÍULO
- Las competencias claves deben estar integradas en las áreas o materias de las propuestas curriculares, y en ellas definirse, explicitarse y desarrollarse suficientemente los resultados de aprendizaje que los alumnos y alumnas deben conseguir.
- Todas las áreas o materias del currículo deben participar en el desarrollo de las distintas competencias del alumnado.
- La selección de los contenidos y las metodologías deben asegurar el desarrollo de las competencias clave a lo largo de la vida académica.
- Los criterios de evaluación deben servir de referencia para valorar lo que el alumnado sabe y sabe hacer en cada área o materia. Estos criterios de evaluación se desglosan en estándares de aprendizaje evaluables.
- Para valorar el desarrollo competencial del alumnado, serán estos estándares de aprendizaje evaluables, como elementos de mayor concreción, observables y medibles, lo que, al ponerse en relación con las competencias clave, permitirán graduar el rendimiento o desempeño alcanzado en cada una de ellas.
No se pueden coger actividades al azar, tienen que estar vinculadas con los objetivos.
La diferencia entre los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje es la siguiente: los criterios de evaluación son las acciones con las cuales los niños van a demostrar que han adquirido los conocimientos y, por tanto, han adquirido las competencias. Los estándares de aprendizaje sirven como indicadores para mostrar el nivel de logro de aprendizaje de los niños. Los criterios de evaluación siempre van a parecer en infinitivo (obtener, comunicar, establecer, realizar…) y los estándares de aprendizaje (busca, utiliza, selecciona…)
Las competenciasestán formadas por un conjunto de componentes y unas dimensiones, es decir, esos son los componentes que se van a trabajar a lo largo del curso para adquirir las competencias.
Estándares de aprendizaje evaluables
- Reconoce estilos de vida saludables y sus efectos sobre el cuidado y mantenimiento de los diferentes órganos y aparatos.
- Identifica y valora hábitos saludables para prevenir enfermedades y mantiene una conducta responsable.
- Identifica y adopta hábitos de higiene, cuidado y descanso.
- Conoce y explica los principios de las dietas equilibradas, identificando las prácticas saludables para prevenir y detectar los riesgos para la salud.
- Reconoce los efectos nocivos del consumo de alcohol y drogas.
- Planifica de forma autónoma y creativa actividades de ocio y tiempo libre, individuales y en grupo.
 

ARTÍCULO 4: AUTONOMÍA DE LOS CENTROS DOCENTES
1. La Consejería competente en materia de educación fomentará la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de los centros, favorecerá el trabajo en equipo del profesorado, estimulará la aplicación de proyectos de innovación y la actividad investigadora a partir de la práctica docente.
2. La acción educativa de los centros docentes tendrá como objetivo principal la mayor calidad de la enseñanza para todo su alumnado.
3. Los centros docentes desarrollarán y completarán el currículo de Educación Primaria a través de las programaciones didácticas, adecuándolo a su realidad educativa y a las características del alumnado. Aplicarán las medidas de atención a la diversidad establecidas y arbitrarán métodos que tengan en cuenta los diferentes ritmos de aprendizaje del alumnado, favorezcan la capacidad de aprender por sí mismos y promuevan el trabajo en equipo.
4. Los centros promoverán compromisos con las familias y con los propios alumnos, en los que se especifiquen las actividades que unos y otros se comprometen a desarrollar para facilitar el progreso educativo
5. Los centros docentes tendrán autonomía para la elaboración, adopción y utilización de materiales curriculares. En dichas normas, se podrá regular un sistema de préstamo de libros de texto y otros materiales curriculares.

ARTÍCULO 5: OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA
Los objetivos de la Educación Primaria son los siguientes:
a) Conocer y apreciar los valores y las normas de convivencia, aprender a obrar de acuerdo con ellas, prepararse para el ejercicio activo de la ciudadanía y respetar los derechos humanos, así como el pluralismo propio de una sociedad democrática.
b) Desarrollar hábitos de trabajo individual y de equipo, de esfuerzo y de responsabilidad en el estudio, así como actitudes de confianza en sí mismo, sentido crítico, iniciativa personal, curiosidad, interés y creatividad en el aprendizaje, y espíritu emprendedor.
c) Adquirir habilidades para la prevención y para la resolución pacífica de conflictos, que les permitan desenvolverse con autonomía en el ámbito familiar y doméstico, así como en los grupos sociales con los que se relacionan.
d) Conocer, comprender y respetar las diferentes culturas y las diferencias entre las personas, la igualdad de derechos y oportunidades de hombres y mujeres y la no discriminación de personas con discapacidad.
e) Conocer y utilizar de manera apropiada la lengua castellana y, si la hubiere, la lengua cooficial de la Comunidad Autónoma y desarrollar hábitos de lectura.
f) Adquirir en, al menos, una lengua extranjera la competencia comunicativa básica que les permita expresar y comprender mensajes sencillos y desenvolverse en situaciones cotidianas.
g) Desarrollar las competencias matemáticas básicas e iniciarse en la resolución de problemas que requieran la realización de operaciones elementales de cálculo, conocimientos geométricos y estimaciones, así como ser capaces de aplicarlos a las situaciones de su vida cotidiana.
h) Conocer los aspectos fundamentales de las Ciencias de la Naturaleza, las Ciencias Sociales, la Geografía, la Historia y la Cultura.
i) Iniciarse en la utilización, para el aprendizaje, de las Tecnologías de la Información y la Comunicación desarrollando un espíritu crítico ante los mensajes que reciben y elaboran.
j) Utilizar diferentes representaciones y expresiones artísticas e iniciarse en la construcción de propuestas visuales y audiovisuales.
k) Valorar la higiene y la salud, aceptar el propio cuerpo y el de los otros, respetar las diferencias y utilizar la educación física y el deporte como medios para favorecer el desarrollo personal y social.
l) Conocer y valorar los animales más próximos al ser humano y adoptar modos de comportamiento que favorezcan su cuidado.
m) Desarrollar sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con los demás, así como una actitud contraria a la violencia, a los prejuicios de cualquier tipo y a los estereotipos sexistas.
n) Fomentar la educación vial y actitudes de respeto que inician en la prevención de los accidentes de tráfico. 

ARTÍCULO 6. ORGANIZACIÓN Y ARTÍCULO 7. ESTRUCTURA del currículo 

Artículo 6
1. Para la Mejora de la Calidad Educativa, la etapa de Educación Primaria se divide en seis cursos académicos, que se cursarán ordinariamente entre los seis y los doce años de edad.
2. Las asignaturas de la etapa de Educación Primaria se agruparán en tres bloques: troncales, específicas y de libre configuración autonómica.
3. Las asignaturas de la etapa de Educación Primaria se organizan como áreas de conocimiento con un carácter global e integrador.
Artículo 7
1. Las áreas de la etapa de Educación Primaria se estructurarán del modo siguiente:
a) Bloque de áreas troncales:
-          Ciencias de la Naturaleza.
-          Ciencias Sociales.
-          Lengua Castellana y Literatura.
-          Matemáticas.
-          Primera Lengua Extranjera.
b) Bloque de áreas específicas:
-          Educación Artística.
-          Educación Física
-          Religión, o Valores Sociales y Cívicos
-          Segunda Lengua Extranjera.
2. El currículo de cada área, distribuido entre los seis cursos, se incluye en el anexo l: áreas troncales, y en el anexo II: áreas específicas, de este decreto.
4. El área de Segunda lengua extranjera se impartirá en los centros bilingües cuyo programa se desarrolle con una segunda lengua extranjera.
5. Los padres, madres o tutores legales, o en su caso, los alumnos, elegirán entre el área de Religión o la de Valores sociales y cívicos.
6. La Consejería competente en materia de educación podrá regular, con carácter general, la oferta de asignaturas de libre configuración autonómica...

ARTÍCULO 8. HORARIOS Y CALENDARIO ESCOLAR
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa(LOMCE), establece en su disposición adicional quinta, que el calendario escolar, que fijarán anualmente las Administraciones educativas, comprenderá un mínimo de 175 días lectivos para las enseñanzas obligatorias. En cualquier caso, en el cómputo del calendario escolar se incluirán los días dedicados a las evaluaciones individualizadas de 3º y 6º de Primaria, de final de ESO (curso 4º) y de final de Bachillerato.
El calendario escolar comienza el primer día de clase. Ese horario contiene los días efectivos de clase más las sesiones de evaluación de los niños.
El ministerio de educación platea un número mínimo de horas por asignatura que se deben de cumplir. Si el colegio no es bilingüe se tiene que cumplir:
 

Los colegios bilingües tienen una variación de dos horas más semanalmente.

ARTÍCULO 9. EVALUCIÓN DEL PROCESO DE ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE
La evaluación es un proceso sistemático que nos da cuenta de cómo el niño ha adquirido el proceso de enseñanza- aprendizaje a lo largo del curso. Este proceso de evaluación se debe llevar a cabo antes, durante y al final de cada curso.
1. La evaluación de los procesos de aprendizaje será continua y global, por lo que tendrá en cuenta el progreso en el conjunto de las áreas.
2. Los criterios de evaluación (están planteados a lo largo de todo el currículo) son los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las áreas de cada bloque, y en las evaluaciones individualizadas… La aplicación concreta de los criterios de evaluación se realiza mediante los estándares de aprendizaje evaluables. Ambos elementos curriculares se describen para cada área y curso.
3. Adecuación de medidas de evaluación de tercer curso y la evaluación final de etapa, al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. Medidas de refuerzo para cualquier alumno que evidencia que el progreso no es el adecuado. Estas medidas se adoptarán en cualquier momento del curso, tan pronto como se detecten las dificultades.
4. Los maestros y maestras evaluarán tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente, para lo que establecerán indicadores de logro en las programaciones didácticas. Entre los indicadores, se dará especial relevancia al análisis y reflexión sobre los resultados escolares del alumnado
5. Los centros educativos, dentro de su autonomía pedagógica, garantizarán el derecho del alumnado a una evaluación objetiva y a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad. La Consejería competente en materia de educación determinará el procedimiento para que los responsables legales del alumno o alumna puedan ejercer los derechos de información y de reclamación.

ARTÍCULO 10. EVALUACIONES INDIVIDUALIZADAS
1. Evaluación individualizada a todos los alumnos y alumnas al final del tercer curso de Educación Primaria (en el tercer curso solo es de matemáticas y  lengua), según disponga la Consejería competente en materia de educación. En ella se comprobará el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística y de la competencia matemática.
2. Al finalizar el sexto curso de Educación Primaria, se realizará una evaluación final individualizada a todos los alumnos y alumnas, en la que se comprobará el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística, de la competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología, así como el logro de los objetivos de la etapa. Esta evaluación se realizará de acuerdo con las características generales de las pruebas que establezca el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas.
El resultado de la evaluación final de etapa se expresará en los siguientes cinco niveles: Insuficiente (IN de), para las calificaciones negativas; Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT), o Sobresaliente (SB), para las calificaciones positivas. Carácter informativo y orientador: los equipos docentes deberán adoptar las medidas ordinarias o extraordinarias previstas en la normativa vigente.


ARTÍCULO 11. EVALUACIONES FINALES DE CURSO Y PROMOCIÓN
El alumno repite cuando el docente junto con los orientadores y especialistas deciden que el repetir al alumno le va a beneficiar en sus conocimientos. Normalmente se repite en 5º y 6º.
1. El equipo docente, al realizar la evaluación final de cada curso, adoptará las decisiones correspondientes sobre la promoción del alumnado y sobre otras medidas que precise, tomando especialmente en consideración la información y el criterio del maestro o maestra responsable de la tutoría.
La evaluación final se efectuará teniendo en cuenta su carácter global, y, por tanto, debe considerar todas las áreas en su conjunto.
2. El alumnado accederá al curso o etapa siguiente, siempre que se considere que ha logrado los objetivos de la etapa o los del curso realizado y que ha alcanzado el grado adecuado de adquisición de las competencias correspondientes.
La repetición de curso como medida excepcional tras haber agotado el resto de medidas ordinarias de refuerzo y apoyo, para solventar las dificultades de aprendizaje detectadas.

ARTÍCULO 12. RESULTADOS Y DOCUMENTOS OFICIALES DE EVALUACIÓN
Resultados de evaluación expresado en las valoraciones de:
-          Insuficiente (IN): 1, 2, 3 ó 4.
-          Suficiente (SU): 5.
-          Bien (BI): 6.
-          Notable (NT):  7 u 8.
-          Sobresaliente (SB)): 9 o 10.
La nota media de cada curso o de la etapa será la media aritmética de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de las áreas, redondeada a la centésima más próxima y en caso de equidistancia a la superior…
3. Las actas de evaluación se extenderán para cada uno de los cursos y se cerrarán al término de su evaluación final.
4. El historial académico será extendido en impreso oficial, llevará el visto bueno del director y tendrá valor acreditativo de los estudios realizados.


ARTÍCULO 15. PARTICIPACIÓN DE PADRES, MADRES Y TUTORES LEGALES EN EL PROCESO EDUCATIVO
Los padres, madres o tutores legales deberán participar y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos o tutelados; así como conocer las decisiones relativas a la evaluación y promoción, y colaborar en las medidas de apoyo o refuerzo que adopten los centros para facilitar su progreso educativo. Tendrán acceso a los documentos oficiales de evaluación, a los exámenes y documentos de las evaluaciones que se realicen a sus hijos o tutelados, y a otra documentación que, por su carácter educativo o de gestión administrativa, deba figurar en su expediente académico.

MI OPINIÓN PERSONAL ACERCA DE ESTE TEMA
Este tema es muy importante. En el debemos destacar dos aspectos importantes:
- Nos habla de cuales son las fases del proceso de enseñanza y aprendizaje. Es importante destacar que éste NO es un proceso rígido. Este proceso se compone de la evaluación, la planificación y la implementación.
- Este tema habla la mayor parte del decreto 54, por lo que nos habla de los distintos articulos que forman el currículo. Destacaría el artículo 3 (definiciones y competencias), puesto que nos habla de las definicones de objetivos, criterios de evalución, estándares de aprendizaje, competencias, contenidos, estándares de aprendizaje... los cuales debemos de conocer muy bien, ya que como futuros docentes, a la hora de elaborar una unidad didáctica, o incluso en 3º y 4º curso cuando hagamos las prácticas y tengamos que elaborar una unidad didáctica, si no tenemos adquiridos y comprendidos bien estos conceptos no vamos a saber elaborar una y vamos a estar perdidos.

Este tema está relacionado con el tema anterior (orden primera organización y evaluación).

Me gustaria destacar, ya que me enteré hace poco, que quieren cambiar el decreto 54, por lo que todo esto no servirá de nada, aunque espero que a pesar de que lo cambien, haya cosas que no varíen mucho y estos conocimientos nos sirvan de algo. 

Por último dejo el enlace a este video que explica el currículo y sus partes. 
https://www.youtube.com/watch?v=Xs8GUCyyDr0&t=171s 

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