La LOMCE define el
currículo como la regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza
y aprendizaje para cada una de las enseñanzas
Según Sacristán el
currículo proporciona un orden a través de la regulación del contenido del
aprendizaje y de la enseñanza en la escolarización.
El proceso de enseñanza
y aprendizaje se define como el movimiento de la actividad cognoscitiva de los
alumnos bajo la mediación del maestro, hacia el dominio de los conocimientos,
las habilidades, los hábitos y la formación de una concepción científica del
mundo (Ortiz,2009). El proceso de enseñanza y aprendizaje implica discusión,
interacción, adaptación y reflexión.
¿Para qué sirve la programación
didáctica?
La programación
didáctica es un documento guía en el que se diseña el proceso de enseñanza y
aprendizaje incluyendo todos los procesos del currículo garantizando la calidad
educativa.
FASES DEL PROCESO DE
ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE
El proceso de enseñanza
y aprendizaje debe llevarse a cabo de una manera sistemática, es decir, un
proceso organizado, pero esto no quiere decir que sea un proceso rígido.
Este proceso parte de
la evaluación, hay que evaluar los
procesos de enseñanza y aprendizaje de los alumnos para pasar a la fase de planificación que tiene que ver con
establecer los objetivos, seleccionando estrategias, priorizando los
contenidos, áreas de aprendizaje, elegir contenidos, acabo con la fase de la implementación del proceso, esta
implementación se lleva a cabo a través de las orientaciones metodológicas que
da el currículo y considerar el contexto (medio ambiente).
Es un proceso cíclico
porque una vez que hemos implementado debemos llegar otra vez a la fase de
evaluar para determinar los resultados de aprendizaje.
PREÁMBULO (2013)
El preámbulo plantea
diferentes alcanzas que se esperan que se cumplan:
- El aprendizaje en la escuela debe ir dirigido a formar personas autónomas, críticas, con pensamiento propio. Es decir, el sistema de enseñanza debe de ser flexible permitido la participación de los alumnos para que expresen su punto de vista, más práctico para que alcancen autonomía. Un enfoque memorístico y tradicional no va con la reforma.
- Compromiso con una educación de calidad como soporte de la igualdad y la justicia social. La ley orgánica nos dice que todos los alumnos deben de tener igualdad de oportunidades.
- El alumnado es el centro y la razón de ser de la educación, objeto de una atención, en la búsqueda de desarrollo del talento para una sociedad sostenible, es decir, el alumno es el corazón de la escuela y debemos desarrollar al máximo sus potencialidades. Por lo que debemos de orientar la escuela con una orientación de valores, una escuela de innovación que genere creatividad, cambio social.
- En la esfera individual, la educación supone facilitar el desarrollo personal y la integración social. Debemos desarrollar competencias para que los alumnos sean activos en la sociedad.
- Los estudiantes con problemas de rendimiento deben contar con programas específicos que mejoren sus posibilidades de continuar en el sistema.
- Equidad y calidad
La ley orgánica plantea
a la educación como una tarea de compromiso político y social con una responsabilidad
colectiva.
Aprendizaje a lo largo
de la vida: Educación integral, Competencias transversales y cambio
metodológicos
Elevar los niveles de
educación actuales es una decisión esencial como medida política europea.
Reducir niveles de abandono y fracaso escolar
Elevar los niveles de
educación actuales es una decisión esencial para favorecer la convivencia
pacífica y el desarrollo cultural de la sociedad
Este preámbulo propone
para alcanzar todos estos objetivos:
- El aumento de la autonomía de los centros reforzar la capacidad de gestión.
- Plantea una serie de estrategias las cuales son las evaluaciones externas de fin de etapa
Hace especial
incidencia con vistas a la transformación del sistema educativo: las
Tecnologías de la Información y la Comunicación, el fomento del plurilingüismo,
y la modernización de la Formación Profesional. De esta manera se da la
educación para la Ciudadanía Democrática.
Decreto 54/2014, de 10/07/2014, por el que se
establece el currículo de la Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de
Castilla-La Mancha. [2014/9028]
La Constitución
española, en su artículo 27.4, establece que la educación básica es obligatoria
y gratuita, es decir, hace referencia a educación en igualdad de condiciones.
Artículo 3.3 establece que
la Educación Primaria forma parte de la educación básica.
16.2, denomina que la
finalidad de esta etapa es facilitar a los alumnos y alumnas los aprendizajes
de la expresión y comprensión oral, la lectura, la escritura, el cálculo, la
adquisición de nociones básicas de la cultura y el hábito de convivencia, así
como los de estudio y trabajo, el sentido artístico, la creatividad y la
afectividad…prosecución E.S.O
El currículo va a ser
desarrollado desde un enfoque competencial y de logro de objetivos al final de
cada etapa.
Hay tres bloques de asignaturas:
troncales, específicas y de libre configuración autonómica
Valores y principios:
la libertad, la igualdad, el respeto, la responsabilidad y la
corresponsabilidad en las relaciones entre todas las personas.
Entre los principios
del sistema educativo español, destaca el reconocimiento del papel que
corresponde a los padres, madres y tutores legales como primeros responsables
de la educación de sus hijos.
La educación básica que
conforman ambas etapas, se entiende como aquella que deben poseer todos los
ciudadanos para ejercer de manera crítica, libre y responsable su propia
ciudadanía.
ARTÍCULO 1. OBJETO Y
ÁMBITO DE PLANIFICACIÓN
1. El presente decreto
tiene por objeto establecer el currículo de la Educación Primaria, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 6.bis.2.c de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de
mayo, de Educación, modificado por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre,
para la Mejora de la Calidad Educativa, y el artículo 3.1.b del Real Decreto
126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la
Educación Primaria.
2. Este decreto será de
aplicación en todos los centros docentes que estén autorizados para impartir
las enseñanzas de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
ARTÍCULO 2. PRINCIPIOS
GENERALES
1. La finalidad de la
Educación Primaria es facilitar a los alumnos y alumnas los aprendizajes de la
expresión y comprensión oral, la lectura, la escritura, el cálculo, la
adquisición de nociones básicas de la cultura y el hábito de convivencia, así
como los de estudio y trabajo, el sentido artístico, la creatividad y la afectividad,
con el fin de garantizar una formación integral que contribuya al pleno
desarrollo de la personalidad de los alumnos y alumnas y de prepararlos para
cursar con aprovechamiento la Educación Secundaria Obligatoria.
2. Los centros docentes
se regirán en su organización y en el desarrollo del currículo, por los
principios de equidad, inclusión educativa, normalización y calidad de la
enseñanza para todo su alumnado.
3. La enseñanza en la
etapa de Educación Primaria se basará en el enfoque del aprendizaje por
competencias, como complemento al tradicional aprendizaje de contenidos.
4. La programación y la
práctica de la enseñanza en la Educación Primaria garantizarán el carácter
global e integrador de las áreas de conocimiento.
5. En esta etapa, se
pondrá especial énfasis en la atención a la diversidad del alumnado, en la
atención individualizada, en la prevención de las dificultades de aprendizaje y
en la puesta en práctica de los mecanismos de refuerzo adecuados.
6. La acción educativa
en esta etapa procurará la integración de las distintas experiencias y
aprendizajes del alumnado desde el punto de vista competencial. Se adaptará a
sus ritmos de trabajo, estilos de aprendizaje y necesidades específicas, con
base en los principios de la educación personalizada y la acción tutorial.
7. La práctica docente
se basará en el principio de coordinación entre el profesorado que imparte
estas enseñanzas en el centro, con el profesorado de las etapas de Educación
Infantil y de Educación Secundaria Obligatoria, con el fin de salvar las
diferencias pedagógicas y organizativas y los desajustes que se puedan producir
en el progreso educativo o académico del alumnado.
8. En el desarrollo del
currículo, los centros docentes realizarán un tratamiento transversal o
específico de los siguientes elementos: comprensión lectora y hábito de
lectura, expresión oral y escrita, comunicación audiovisual, tecnologías de la información
y la comunicación (en adelante, TIC), emprendimiento, actividad física,
educación vial, educación cívica y constitucional, y valores relativos a la
libertad, justicia, paz e igualdad.
9. Se adoptarán medidas
para que la actividad física y la dieta equilibrada formen parte del
comportamiento infantil, promoviendo la práctica diaria de deporte y ejercicio
físico por parte de los alumnos y alumnas durante la jornada escolar.
ARTÍCULO 3.
DEFINICIONES Y COMPETENCIAS
Currículo: regulación
de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para
cada una de las enseñanzas y etapas educativas. Los elementos curriculares son:
- Objetivos: referentes relativos a los logros que el alumno debe
alcanzar al finalizar el proceso educativo, con resultado de las experiencias
de enseñanza-aprendizaje intencionalmente planificadas a tal fin.
-Competencias o capacidades: capacidades para aplicar de forma
integrada los contenidos propios de cada enseñanza y etapa educativa, con el
fin de lograr la realización adecuada de actividades y la resolución eficaz de
problemas complejos. Esta competencia se adquiere a lo largo de la vida.
-Los contenidos: conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y
actitudes que contribuyen al logro de los objetivos de cada enseñanza y etapa
educativa y a la adquisición de competencias. Los contenidos se ordenan en
asignaturas, que se clasifican en materias, ámbitos, áreas y módulos en función
de las enseñanzas, las etapas educativas o los programas en que participe el
alumnado.
-Metodología didáctica: conjunto de estrategias, procedimientos y
acciones organizadas y planificadas por el profesorado, de manera consciente y
reflexiva, con la finalidad de posibilitar el aprendizaje del alumnado y el
logro de los objetivos planteados.
-Los estándares y resultados de aprendizaje evaluables: especificaciones
de los criterios de evaluación que permiten definir los resultados de
aprendizaje, y que concretan lo que el alumno debe saber, comprender y saber
hacer en cada asignatura; deben ser observables, medibles y evaluables y
permitir graduar el rendimiento o logro alcanzado. Su diseño debe contribuir y
facilitar el diseño de pruebas estandarizadas y comparables
-Los criterios de evaluación: son el referente específico para
evaluar el aprendizaje del alumnado. Describen aquello que se quiere valorar y que el alumnado debe lograr, tanto en
conocimientos como en competencias; responden a lo que se pretende conseguir en cada asignatura. Los elementos curriculares son
aquellos a través de los cuales vamos a llevar a cabo la acción educativa.
COMPETENCIAS
Las competencias se
adquieren a lo largo de la vida. Las competencias son únicas, no se clasifican
por etapas.
Las competencias del
currículum son las siguiente:
- Comunicación lingüística.
- Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.
- Competencia digital.
- Aprender a aprender.
- Competencias sociales y cívicas.
- Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor.
- Conciencia y expresiones culturales.
Las competencias
transversales son aquellas que forman parte del proceso de enseñanza y
aprendizaje. Las competencias trasversales son: el pensamiento crítico, la
gestión de la diversidad, la creatividad o la capacidad de comunicar, y
actitudes clave como la confianza individual, el entusiasmo, la constancia y la
aceptación del cambio.
- Competencia en
comunicación lingüística: Esta competencia se refiere a la utilización del
lenguaje como instrumento de comunicación oral y escrita, de representación,
interpretación y comprensión de la realidad, de construcción y comunicación del
conocimiento y de organización y autorregulación del pensamiento (cuando yo
comunico estoy comunicando emociones, el lenguaje y pensamiento son dos sucesos
interdependientes), las emociones y la conducta.
- Competencia matemática:
La habilidad para utilizar y relacionar los números, sus operaciones básicas,
los símbolos y las formas de expresión y razonamiento matemático, tanto para
producir e interpretar distintos tipos de información, como para ampliar el
conocimiento sobre la realidad, y resolver problemas relacionados con la vida
cotidiana y con el mundo laboral.
- Competencia en el
conocimiento y la interacción con el mundo físico: Incorpora habilidades para desenvolverse
adecuadamente, con autonomía e iniciativa personal en ámbitos de la vida y del conocimiento
muy diversos (salud, actividad productiva, consumo, ciencia, procesos
tecnológicos, etc.), y para interpretar el mundo.
- Tratamiento de la
información y competencia digital: Tratamiento o análisis de la información,
utilizando técnicas y estrategias diversas para acceder a ella según la fuente
a la que se acuda y el soporte que se utilice (oral, impreso, audiovisual,
digital, robótica o multimedia). Requiere el dominio de lenguajes específicos
básicos (textual, numérico, cónico, visual, gráfico y sonoro) y de sus pautas
de decodificación y transferencia. Va más allá de la tecnología. Es una guía
para que podamos acceder con habilidad al conocimiento.
- Competencia social y
ciudadana: Globalmente supone
desenvolverse socialmente, el conocimiento sobre la evolución y organización de
las sociedades y sobre los rasgos y valores del sistema democrático, así como
utilizar el juicio moral para elegir y tomar decisiones, y ejercer activa y
responsablemente los derechos y deberes de la ciudadanía.
- Competencia cultural
y artística: Apreciar el hecho cultural en general, y el hecho artístico en
particular, lleva implícito disponer de aquellas habilidades y actitudes que
permiten acceder a sus distintas manifestaciones, así como habilidades de
pensamiento, perceptivas y comunicativas, sensibilidad y sentido estético para
poder comprenderlas, valorarlas, emocionarse y disfrutarlas.
- Competencia para
aprender a aprender: Supone disponer de habilidades para iniciarse en el
aprendizaje y ser capaz de continuar aprendiendo de manera cada vez más eficaz y
autónoma de acuerdo a los propios objetivos y necesidades. Hay que enseñar a
los niños a ser autónomos, es importante enseñar a los niños desde 1 grado a
que sepan cómo aprender y que sepan explicarlo.
PROCEDIMIENTO PARA ESTABLECER LA INTEGRACIÓN
CURRICULAR DE LAS COMPETENCIAS CLAVES. Doc. CLM ((Federico Ferrer Monedero
2014)
Las competencias clave
deberán estar estrechamente vinculadas a los objetivos de las distintas etapas
educativas (Primaria, ESO, Bachiller)
Con esta vinculación:
- Favorecemos que la
consecución de dichos objetivos a lo largo de la vida académica lleva implícito
el desarrollo de las competencias claves.
- Hacemos necesario el
diseñar estrategias para promover y evaluar las competencias. Desde las etapas
educativas iniciales hasta las etapas superiores, que llevará a los alumnos y
alumnas a desarrollar actitudes y valores, así como un conocimiento de base
conceptual y un uso de técnicas y estrategias que favorecerán su incorporación
a la vida adulta.
-Se promueve el diseño
de actividades de aprendizaje integradas que permite avanzar hacia los resultados
de más de una competencia al mismo tiempo.
3. COMPETECIAS CLAVE EN
EL CURRÍULO
- Las competencias
claves deben estar integradas en las
áreas o materias de las propuestas curriculares, y en ellas definirse,
explicitarse y desarrollarse suficientemente los resultados de aprendizaje que
los alumnos y alumnas deben conseguir.
- Todas las áreas
o materias del currículo deben
participar en el desarrollo de las distintas competencias del alumnado.
- La selección de los
contenidos y las metodologías deben asegurar el desarrollo de las competencias
clave a lo largo de la vida académica.
- Los criterios de evaluación deben servir de
referencia para valorar lo que el alumnado sabe y sabe hacer en cada área o
materia. Estos criterios de evaluación se desglosan en estándares de aprendizaje evaluables.
- Para valorar el
desarrollo competencial del alumnado, serán estos estándares de aprendizaje
evaluables, como elementos de mayor
concreción, observables y medibles, lo que, al ponerse en relación con las competencias clave, permitirán
graduar el rendimiento o desempeño alcanzado en cada una de ellas.
No se pueden coger
actividades al azar, tienen que estar vinculadas con los objetivos.
La diferencia entre los
criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje es la siguiente: los criterios de evaluación son las
acciones con las cuales los niños van a demostrar que han adquirido los
conocimientos y, por tanto, han adquirido las competencias. Los estándares de aprendizaje sirven como
indicadores para mostrar el nivel de logro de aprendizaje de los niños. Los
criterios de evaluación siempre van a parecer en infinitivo (obtener,
comunicar, establecer, realizar…) y los estándares de aprendizaje (busca,
utiliza, selecciona…)
Las competenciasestán formadas por un conjunto de componentes y unas dimensiones, es decir,
esos son los componentes que se van a trabajar a lo largo del curso para adquirir
las competencias.
Estándares de
aprendizaje evaluables
- Reconoce estilos de
vida saludables y sus efectos sobre el cuidado y mantenimiento de los
diferentes órganos y aparatos.
- Identifica y valora
hábitos saludables para prevenir enfermedades y mantiene una conducta
responsable.
- Identifica y adopta
hábitos de higiene, cuidado y descanso.
- Conoce y explica los
principios de las dietas equilibradas, identificando las prácticas saludables
para prevenir y detectar los riesgos para la salud.
- Reconoce los efectos
nocivos del consumo de alcohol y drogas.
- Planifica de forma autónoma
y creativa actividades de ocio y tiempo libre, individuales y en grupo.
ARTÍCULO 4: AUTONOMÍA
DE LOS CENTROS DOCENTES
1. La Consejería
competente en materia de educación fomentará la autonomía pedagógica,
organizativa y de gestión de los centros, favorecerá el trabajo en equipo del
profesorado, estimulará la aplicación de proyectos de innovación y la actividad
investigadora a partir de la práctica docente.
2. La acción educativa
de los centros docentes tendrá como objetivo principal la mayor calidad de la
enseñanza para todo su alumnado.
3. Los centros docentes
desarrollarán y completarán el currículo de Educación Primaria a través de las
programaciones didácticas, adecuándolo a su realidad educativa y a las
características del alumnado. Aplicarán las medidas de atención a la diversidad
establecidas y arbitrarán métodos que tengan en cuenta los diferentes ritmos de
aprendizaje del alumnado, favorezcan la capacidad de aprender por sí mismos y promuevan
el trabajo en equipo.
4. Los centros
promoverán compromisos con las familias y con los propios alumnos, en los que
se especifiquen las actividades que unos y otros se comprometen a desarrollar
para facilitar el progreso educativo
5. Los centros docentes
tendrán autonomía para la elaboración, adopción y utilización de materiales
curriculares. En dichas normas, se podrá regular un sistema de préstamo de
libros de texto y otros materiales curriculares.
ARTÍCULO 5: OBJETIVOS
DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA
Los objetivos de la
Educación Primaria son los siguientes:
a) Conocer y apreciar
los valores y las normas de convivencia, aprender a obrar de acuerdo con ellas,
prepararse para el ejercicio activo de la ciudadanía y respetar los derechos
humanos, así como el pluralismo propio de una sociedad democrática.
b) Desarrollar hábitos
de trabajo individual y de equipo, de esfuerzo y de responsabilidad en el
estudio, así como actitudes de confianza en sí mismo, sentido crítico,
iniciativa personal, curiosidad, interés y creatividad en el aprendizaje, y
espíritu emprendedor.
c) Adquirir habilidades
para la prevención y para la resolución pacífica de conflictos, que les
permitan desenvolverse con autonomía en el ámbito familiar y doméstico, así
como en los grupos sociales con los que se relacionan.
d) Conocer, comprender
y respetar las diferentes culturas y las diferencias entre las personas, la igualdad
de derechos y oportunidades de hombres y mujeres y la no discriminación de
personas con discapacidad.
e) Conocer y utilizar
de manera apropiada la lengua castellana y, si la hubiere, la lengua cooficial de
la Comunidad Autónoma y desarrollar hábitos de lectura.
f) Adquirir en, al
menos, una lengua extranjera la competencia comunicativa básica que les permita
expresar y comprender mensajes sencillos y desenvolverse en situaciones
cotidianas.
g) Desarrollar las
competencias matemáticas básicas e iniciarse en la resolución de problemas que
requieran la realización de operaciones elementales de cálculo, conocimientos
geométricos y estimaciones, así como ser capaces de aplicarlos a las
situaciones de su vida cotidiana.
h) Conocer los aspectos
fundamentales de las Ciencias de la Naturaleza, las Ciencias Sociales, la Geografía,
la Historia y la Cultura.
i) Iniciarse en la
utilización, para el aprendizaje, de las Tecnologías de la Información y la Comunicación
desarrollando un espíritu crítico ante los mensajes que reciben y elaboran.
j) Utilizar diferentes
representaciones y expresiones artísticas e iniciarse en la construcción de
propuestas visuales y audiovisuales.
k) Valorar la higiene y
la salud, aceptar el propio cuerpo y el de los otros, respetar las diferencias
y utilizar la educación física y el deporte como medios para favorecer el desarrollo
personal y social.
l) Conocer y valorar
los animales más próximos al ser humano y adoptar modos de comportamiento que
favorezcan su cuidado.
m) Desarrollar sus
capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones
con los demás, así como una actitud contraria a la violencia, a los prejuicios
de cualquier tipo y a los estereotipos sexistas.
n) Fomentar la
educación vial y actitudes de respeto que inician en la prevención de los accidentes
de tráfico.
ARTÍCULO 6. ORGANIZACIÓN Y ARTÍCULO 7. ESTRUCTURA
del currículo
Artículo 6
1. Para la Mejora de la
Calidad Educativa, la etapa de Educación Primaria se divide en seis cursos
académicos, que se cursarán ordinariamente entre los seis y los doce años de
edad.
2. Las asignaturas de
la etapa de Educación Primaria se agruparán en tres bloques: troncales,
específicas y de libre configuración autonómica.
3. Las asignaturas de
la etapa de Educación Primaria se organizan como áreas de conocimiento con un
carácter global e integrador.
Artículo 7
1. Las áreas de la
etapa de Educación Primaria se estructurarán del modo siguiente:
a) Bloque de áreas
troncales:
-
Ciencias de la
Naturaleza.
-
Ciencias
Sociales.
-
Lengua
Castellana y Literatura.
-
Matemáticas.
-
Primera Lengua
Extranjera.
b) Bloque de áreas
específicas:
-
Educación
Artística.
-
Educación Física
-
Religión, o
Valores Sociales y Cívicos
-
Segunda Lengua
Extranjera.
2. El currículo de cada
área, distribuido entre los seis cursos, se incluye en el anexo l: áreas
troncales, y en el anexo II: áreas específicas, de este decreto.
4. El área de Segunda
lengua extranjera se impartirá en los centros bilingües cuyo programa se desarrolle
con una segunda lengua extranjera.
5. Los padres, madres o
tutores legales, o en su caso, los alumnos, elegirán entre el área de Religión
o la de Valores sociales y cívicos.
6. La Consejería
competente en materia de educación podrá regular, con carácter general, la
oferta de asignaturas de libre configuración autonómica...
ARTÍCULO 8. HORARIOS Y
CALENDARIO ESCOLAR
La Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación (LOE), modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9
de diciembre, para la mejora de la calidad educativa(LOMCE), establece en su disposición
adicional quinta, que el calendario escolar, que fijarán anualmente las
Administraciones educativas, comprenderá un
mínimo de 175 días lectivos para
las enseñanzas obligatorias. En cualquier caso, en el cómputo del calendario
escolar se incluirán los días dedicados
a las evaluaciones individualizadas de 3º y 6º de Primaria, de final de ESO
(curso 4º) y de final de Bachillerato.
El calendario escolar
comienza el primer día de clase. Ese horario contiene los días efectivos de
clase más las sesiones de evaluación de los niños.
El ministerio de
educación platea un número mínimo de horas por asignatura que se deben de
cumplir. Si el colegio no es bilingüe se tiene que cumplir:
Los colegios bilingües
tienen una variación de dos horas más semanalmente.
ARTÍCULO 9. EVALUCIÓN
DEL PROCESO DE ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE
La evaluación es un
proceso sistemático que nos da cuenta de cómo el niño ha adquirido el proceso
de enseñanza- aprendizaje a lo largo del curso. Este proceso de evaluación se
debe llevar a cabo antes, durante y al final de cada curso.
1. La evaluación de los
procesos de aprendizaje será continua y global, por lo que tendrá en cuenta el progreso
en el conjunto de las áreas.
2. Los criterios de
evaluación (están planteados a lo largo de todo el currículo) son los
referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias y
el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de
las áreas de cada bloque, y en las evaluaciones individualizadas… La aplicación
concreta de los criterios de evaluación se realiza mediante los estándares de
aprendizaje evaluables. Ambos elementos curriculares se describen para cada
área y curso.
3. Adecuación de
medidas de evaluación de tercer curso y la evaluación final de etapa, al
alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. Medidas de refuerzo
para cualquier alumno que evidencia que el progreso no es el adecuado. Estas medidas se adoptarán en cualquier momento del
curso, tan pronto como se detecten las dificultades.
4. Los maestros y
maestras evaluarán tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza
y su propia práctica docente, para lo que establecerán indicadores de logro en
las programaciones didácticas. Entre los indicadores, se dará especial
relevancia al análisis y reflexión sobre los resultados escolares del alumnado
5. Los centros
educativos, dentro de su autonomía pedagógica, garantizarán el derecho del
alumnado a una evaluación objetiva y a que su dedicación, esfuerzo y
rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad. La Consejería
competente en materia de educación determinará el procedimiento para que los responsables
legales del alumno o alumna puedan ejercer los derechos de información y de
reclamación.
ARTÍCULO 10.
EVALUACIONES INDIVIDUALIZADAS
1. Evaluación
individualizada a todos los alumnos y alumnas al final del tercer curso de Educación
Primaria (en el tercer curso solo es de matemáticas y lengua), según disponga la Consejería competente
en materia de educación. En ella se comprobará el grado de adquisición de
la competencia en comunicación lingüística y de la competencia matemática.
2. Al finalizar el
sexto curso de Educación Primaria, se realizará una evaluación final individualizada
a todos los alumnos y alumnas, en la que se comprobará el grado de adquisición
de la competencia en comunicación lingüística, de la competencia matemática y competencias
básicas en ciencia y tecnología, así como el logro de los objetivos de la etapa.
Esta evaluación se realizará de acuerdo con las características generales de
las pruebas que establezca el Gobierno, previa consulta a las Comunidades
Autónomas.
El resultado de la
evaluación final de etapa se expresará en los siguientes cinco niveles: Insuficiente (IN de), para las calificaciones
negativas; Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT), o Sobresaliente (SB), para
las calificaciones positivas. Carácter informativo y orientador: los equipos
docentes deberán adoptar las medidas ordinarias o extraordinarias previstas en
la normativa vigente.
ARTÍCULO 11.
EVALUACIONES FINALES DE CURSO Y PROMOCIÓN
El alumno repite cuando
el docente junto con los orientadores y especialistas deciden que el repetir al
alumno le va a beneficiar en sus conocimientos. Normalmente se repite en 5º y
6º.
1. El equipo docente,
al realizar la evaluación final de cada curso, adoptará las decisiones correspondientes
sobre la promoción del alumnado y sobre otras medidas que precise, tomando especialmente
en consideración la información y el criterio del maestro o maestra responsable
de la tutoría.
La evaluación final se
efectuará teniendo en cuenta su carácter global, y, por tanto, debe considerar
todas las áreas en su conjunto.
2. El alumnado accederá
al curso o etapa siguiente, siempre que se considere que ha logrado los objetivos
de la etapa o los del curso realizado y que ha alcanzado el grado adecuado de
adquisición de las competencias correspondientes.
La repetición de curso
como medida excepcional tras haber agotado el resto de medidas ordinarias de refuerzo
y apoyo, para solventar las dificultades de aprendizaje detectadas.
ARTÍCULO 12. RESULTADOS
Y DOCUMENTOS OFICIALES DE EVALUACIÓN
Resultados de
evaluación expresado en las valoraciones de:
-
Insuficiente
(IN): 1, 2, 3 ó 4.
-
Suficiente (SU):
5.
-
Bien (BI): 6.
-
Notable (NT): 7 u 8.
-
Sobresaliente
(SB)): 9 o 10.
La nota media de cada
curso o de la etapa será la media aritmética de las calificaciones numéricas
obtenidas en cada una de las áreas, redondeada a la centésima más próxima y en
caso de equidistancia a la superior…
3. Las actas de
evaluación se extenderán para cada uno de los cursos y se cerrarán al término de
su evaluación final.
4. El historial
académico será extendido en impreso oficial, llevará el visto bueno del director
y tendrá valor acreditativo de los estudios realizados.
ARTÍCULO 15.
PARTICIPACIÓN DE PADRES, MADRES Y TUTORES LEGALES EN EL PROCESO EDUCATIVO
Los padres, madres o
tutores legales deberán participar y apoyar la evolución del proceso educativo
de sus hijos o tutelados; así como conocer las decisiones relativas a la
evaluación y promoción, y colaborar en las medidas de apoyo o refuerzo que
adopten los centros para facilitar su progreso educativo. Tendrán acceso a los
documentos oficiales de evaluación, a los exámenes y documentos de las
evaluaciones que se realicen a sus hijos o tutelados, y a otra documentación
que, por su carácter educativo o de gestión administrativa, deba figurar en su
expediente académico.
MI OPINIÓN PERSONAL ACERCA DE ESTE TEMA
Este tema es muy importante. En el debemos destacar dos aspectos importantes:
- Nos habla de cuales son las fases del proceso de enseñanza y aprendizaje. Es importante destacar que éste NO es un proceso rígido. Este proceso se compone de la evaluación, la planificación y la implementación. - Este tema habla la mayor parte del decreto 54, por lo que nos habla de los distintos articulos que forman el currículo. Destacaría el artículo 3 (definiciones y competencias), puesto que nos habla de las definicones de objetivos, criterios de evalución, estándares de aprendizaje, competencias, contenidos, estándares de aprendizaje... los cuales debemos de conocer muy bien, ya que como futuros docentes, a la hora de elaborar una unidad didáctica, o incluso en 3º y 4º curso cuando hagamos las prácticas y tengamos que elaborar una unidad didáctica, si no tenemos adquiridos y comprendidos bien estos conceptos no vamos a saber elaborar una y vamos a estar perdidos.
Este tema está relacionado con el tema anterior (orden primera organización y evaluación).
Me gustaria destacar, ya que me enteré hace poco, que quieren cambiar el decreto 54, por lo que todo esto no servirá de nada, aunque espero que a pesar de que lo cambien, haya cosas que no varíen mucho y estos conocimientos nos sirvan de algo.
Por último dejo el enlace a este video que explica el currículo y sus partes.
https://www.youtube.com/watch?v=Xs8GUCyyDr0&t=171s
https://www.youtube.com/watch?v=Xs8GUCyyDr0&t=171s
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